La Unión de Actores y Actrices ha presentado su Informe sobre el impacto del acceso extraordinario al desempleo para artistas, en el que concluye que sólo el 11,45% de trabajadores y trabajadoras culturales podrían acceder a la prestación extraordinaria para artistas en 2021. Para el sindicato este año ha supuesto un paso atrás puesto que se ha ignorado uno de las características fundamentales de las profesiones que alberga el sector, la intermitencia. 

 

Una legislación en función de la intermitencia laboral y el Régimen Especial de Artistas

 

Por Redacción

 

Los datos recabados por la Unión de Actores y Actrices se basan en las respuestas de más de 1.300 profesionales del sector. Asimismo, la información obtenida a través de esta encuesta se ha puesto en contraste con otras dos fuentes de conocimiento para asegurar su fiabilidad. En primer lugar, se ha comparado y contrastado con los datos manejados por el Departamento de Asesoría Jurídica de la Unión de Actores y Actrices. Por último, se han tenido en cuenta también los datos que el propio Gobierno ha facilitado al Congreso de los Diputados a través de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales.

Las conclusiones del Informe sobre el impacto del acceso extraordinario al desempleo para artistas reflejan que, si antes de la prórroga, el acceso extraordinario a la prestación por desempleo para artistas (entre mayo de 2020 y enero de 2021) llegó sólo a un 23,67% de encuestados y encuestadas; tras la prórroga (a partir de la prórroga de 26 de enero de 2021), únicamente, llegaría a un 11,45% de ellos y ellas. El motivo de la bajada es tan sencillo como incomprensible: sólo quienes percibieron y agotaron íntegramente la prestación antes del 27 de enero de 2021 pueden volver a pedirla. Aquí convendría poner sobre la mesa un dato fundamental: según el estudio, la Seguridad Social desconoce, en su mayoría, el Régimen Especial de Artistas ya que a un 44,64% de los encuestados y las encuestadas que solicitaron la prestación se les denegó aun cumpliendo con los requisitos mínimos para obtenerla. Esto es debido a problemas burocráticos que no deberían existir en las administraciones públicas, un problema que surge por la falta de formación en el Régimen de Artistas del personal del SEPE encargado de tramitar y resolver las solicitudes.

“La reivindicación tradicional de los trabajadores y las trabajadoras del sector consiste, no en obtener ningún tipo de privilegio con respecto a trabajadores y trabajadoras que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, sino todo lo contrario: equipararse a ellos y ellas a través del diseño de un acceso a la cobertura por desempleo acorde a la intermitencia laboral de la profesión. Nunca los trabajadores y trabajadoras del sector han interesado subsidios asistenciales específicos, sino prestaciones contributivas acordes a su intermitencia”, señala el Secretario General de la Unión de Actores y Actrices, Iñaki Guevara.

Por lo tanto, esto supone un paso atrás en los derechos de los artistas por cuenta ajena, puesto que se ha perdido lo que ya contempló inicialmente el Real Decreto Ley 17/2020, de 5 de mayo de 2020, que es la intermitencia. Sin embargo, este año, el Gobierno no permite a estos trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena sumar nuevas cotizaciones para aspirar a esta cobertura por desempleo, es decir, las nuevas altas a la Seguridad Social.

Para la Unión de Actores y Actrices, los datos desglosados en el informe demuestran la necesidad de hacer leyes para los trabajadores y trabajadoras artísticos en función de la especificidad en su trabajo y cómo esta crisis sanitaria les ha colocado en una situación de desigualdad con respecto al resto de trabajadores y trabajadoras. Desigualdad derivada de la propia naturaleza intermitente de su profesión, lo que hace más necesario que nunca avanzar en el desarrollo del Estatuto del Artista para que estas situaciones injustas no vuelvan a repetirse.

 

Sigue toda la actualidad de las Artes Escénicas en nuestra web.